Obliga Ley a Investigar a Manuel Bartlett

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Un reportaje del 28 de agosto de 2019 da cuenta que 25 inmuebles con valor aproximado de 800 millones de pesos a nombre de familiares cercanos no figuran en las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de Manuel Bartlett, director general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) de México. La información se tornó en escándalo no solo por las interrogantes naturales generadas por saber cómo una persona dedicada esencialmente al sector público acumuló una fortuna de esa cuantía. Se trata de alrededor de 40 millones de dólares, casi seis veces más de los siete millones de dólares en que se valuó la casa, presuntamente adquirida por Enrique Peña Nieto previo a ser presidente de la república (es decir, antes de ser, al igual que Bartlett, funcionario del gobierno federal) y cuya difusión pública desacreditó profundamente a su administración.

La revelación sobre el patrimonio de la familia del titular de la paraestatal mexicana también escandaliza por la posibilidad de que este funcionario haya incurrido en ilegalidad que ameriten sanción. Más aún, Irma Eréndira Sandoval, Secretaria de la Función Pública (SFP), ha alimentado la controversia por la manera apresurada y contraria a la normatividad en la materia con la que ha pretendido exonerar de cualquier investigación a Bartlett.

En Juego Compromiso de AMLO con la Legalidad

De igual manera, el tema cobra especial relevancia por ocurrir en un contexto donde el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) ha asegurado que en México “ya” existe un “auténtico” Estado de derecho, regido por el principio de que “al margen de la ley nada y por encima de la ley nadie” y que el propósito central de su gobierno es “acabar con la corrupción y con la impunidad.” Consecuentemente, el curso que siga este asunto será un parámetro para evaluar el grado de veracidad del compromiso presidencial con la legalidad y el fin de la impunidad, o bien para dejar en claro que se trate únicamente de unas más de las usuales frases grandilocuentes pero sin aplicación en la realidad, que los mexicanos hemos escuchado históricamente de los mandatarios en sus informes de gobierno.

De hecho ha sido el propio AMLO quien ha estimulado las suspicacias en torno al derrotero que seguirá este tema en su gobierno. Cuestionado con respecto a las propiedades presuntamente no declaradas por Bartlett, el presidente en vez de proponer que se investigue el caso (como ha hecho con asuntos que no involucran a sus colaboradores), optó por respaldar al funcionario y descalificar el reportaje, al que atribuyó la intención de dañar a su administración.

En esa misma línea, Irma Eréndira Sandoval declaró que la SFP investigará el caso solo si recibe una denuncia sustentada con documentos. Consideró que la información difundida es insuficiente para iniciar una indagatoria. A pesar de que el reportaje incluye diversos comprobantes oficiales que acreditan la propiedad de los bienes, lo catalogó como un “dicho” al que asoció con un embate contra el gobierno de AMLO. Con lenguaje coloquial y preocupante imprecisión jurídica, la funcionaria dijo que en este caso “el balón está en la cancha del que acusa, el que tiene la carga de la prueba es el que acusa”.

Posible Actuación Apegada a Derecho de Bartlett

Es importante señalar que el contenido de las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de Bartlett no es necesariamente incompatible con la información que el reportaje dio a conocer.

De conformidad con la normatividad aplicable, Bartlett ha presentado dos declaraciones: la de inicio como servidor público del actual gobierno, el 24 de noviembre de 2018, y la de modificación patrimonial de este año, el 24 de mayo de 2019. Las versiones públicas disponibles de estas declaraciones señalan claramente que solo incluyen los bienes reportados a nombre del declarante o del declarante y su cónyuge, mas no “los bienes declarados a nombre de la cónyuge, dependientes económicos o de otros.” En ambas versiones se reportan cinco inmuebles a nombre de Bartlett, adquiridos entre 1976 y 2001 con un valor total ligeramente superior a ocho millones de pesos.

El reportaje, en tanto, se centra en 23 casas y dos terrenos, presuntamente adquiridos entre 2001 y 2017, a nombre de la pareja sentimental de Bartlett y de hijos que ambos tienen de matrimonios previos. La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) obliga a los servidores públicos a incluir en sus declaraciones el patrimonio de sus “cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos” (artículo 38). Esta misma ley, sin embargo, prevé no hacer públicos los rubros de las declaraciones “cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución” (artículo 29). Esta previsión, por tanto, ofrece el sustento jurídico del porqué los datos patrimoniales de los familiares no están incluidos en las versiones públicas de las declaraciones de Bartlett.

La Ley Obliga a Investigar Casos Como el de Bartlett

Luego entonces, es perfectamente posible que Bartlett haya incluido las propiedades atribuidas a sus familiares en sus declaraciones, pero que esos bienes no se hayan hecho públicos. No obstante, corresponde a la SFP corroborar que dicho supuesto haya ocurrido en la práctica. Realizar esta verificación por parte de la SFP no depende de que se presente alguna denuncia “con documentos,” como equivocadamente afirma Sandoval.

La LGRA es clara al respecto. Define como enriquecimiento oculto al hecho de que un servidor público falte a la veracidad en sus declaraciones patrimoniales, con el fin de ocultar el uso y disfrute de bienes que no sea explicable o justificable (artículo 60). La LGRA considera al enriquecimiento oculto como falta administrativa grave (artículo 51) y estipula emprender investigaciones por presuntas faltas administrativas “de oficio, por denuncia o derivado de auditorías practicadas” (artículo 91). Aún más, la ley permite las denuncias anónimas en estos casos (artículo 91), por lo que afirmar que la carga de la prueba recae en quien acusa (como lo hizo la titular de la SFP) es simplemente absurdo.

En otras palabras, una vez que Sandoval ha admitido conocer públicamente de hechos constitutivos de una probable responsabilidad por enriquecimiento oculto de Bartlett (el reportaje citado), jurídicamente no tiene más alternativa que iniciar de oficio la investigación correspondiente. De lo contrario, ella misma incurriría (por omisión) en responsabilidades administrativas y hasta penales. Esta investigación la puede realizar la SFP directamente o a través del órgano interno de control de la CFE (artículo 36 de la LGRA).

Escenarios y Consecuencias de la Investigación a Bartlett

De acuerdo con la ley, esta indagatoria de la SFP debe primero que nada dilucidar si efectivamente alguna(s) o todas las propiedades señaladas en el reportaje pertenecen a los familiares de Bartlett y, por tanto, debieron incluirse en sus declaraciones patrimoniales. De los resultados que se produzcan en esta fase dependerá que ocurra uno de los tres siguientes escenarios con sus respectivas consecuencias jurídicas:

1) Si se comprueba que ningún inmueble pertenece a los familiares de Bartlett, significará que el funcionario no incurrió en ninguna falta.

2) Si por el contrario se detectan inmuebles declarables, se deberá corroborar que los bienes estén manifestados en las declaraciones de Bartlett y que lo único que ocurrió es que no se hicieron públicos. Ello querría decir que para efectos de la SFP Bartlett tampoco habría cometido ninguna falta.

3) Si la investigación concluye que Bartlett omitió incluir bienes de sus familiares en sus declaraciones, entonces el funcionario habría incurrido en el supuesto de enriquecimiento oculto. Ello obligaría a la SFP a emprender un juicio contra el funcionario ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para acreditar esa falta grave, cuya sanción puede consistir en suspensión o destitución del cargo, sanción económica y/o inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas (artículo 78 de la LGRA).

El escenario 1) conlleva el agotamiento del proceso en la SFP. Esto, sin embargo, no sucede así en los escenarios 2) y 3). De ocurrir, estos escenarios suponen el involucramiento (de oficio según el artículo 91 de LGRA ya citado) del órgano interno de control (OIC) del Senado de la República para conocer el resultado de esa investigación, a fin de cotejar las declaraciones patrimoniales de Bartlett como senador con dicha información. 

Como los dos periodos en que este funcionario fue senador (2000-2006 y 2012-2018) están comprendidos en el lapso en que se habrían registrado nuevas propiedades a nombre de sus familiares, la revisión del OIC del Senado tendría dos propósitos. Uno, corroborar que estos bienes se hayan incluido en las declaraciones patrimoniales de entonces de Bartlett. Y dos, confirmar que la evolución patrimonial del político haya sido consistente con sus ingresos. De encontrarse irregularidades en uno o ambos apartados, ello podría generar consecuencias administrativas e incluso penales contra el funcionario.

Legalidad Gubernamental: ¿Realidad o Retórica?

Esto es lo que debería pasar conforme a la ley. Se trata entonces de un asunto jurídica y políticamente complejo, que amerita un tratamiento a la altura de su relevancia por parte del gobierno de la república. Después todo, lo que pase con este caso será un indicador importante para saber si el compromiso del presidente con la legalidad (“al margen de la ley nada y por encima de la ley nadie”) y con el fin de la corrupción y la impunidad es real o solo retórica. Cada vez que se alude a una comparación con prácticas cuestionables de gobierno anteriores, AMLO suele afirmar tajante: “no somos iguales.” Su administración tiene aquí ocasión de demostrar hasta qué punto esto es cierto.

* Foto: Manuel Bartlett, AMLO e Irma Eréndira Sandoval. Fuente: cfe.mx, www.gob.mx/presidencia, www.gob.mx/sfp.

Copyright © Público y Poder | Héctor Ibarra Rueda

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